Organizaciones: No existe impedimento legal para juramentar a Magistrada Gloria Porras

Foto: USAC


Organizaciones Internacionales enviaron una carta a la Comisión Pesquisidora del antejuicio contra los Magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC), Gloria Porras y Francisco de Mata Vela, en la que manifestaron que no existe ningún impedimento legal para juramentar a la Magistrada Porras.


Las organizaciones firmantes, comprometidas a la defensa del Estado de Derecho en Guatemala, manifestaron su preocupación por la continuación de las diligencias de antejuicio que se siguen en contra de los magistrados Porras y De Mata Vela, “las cuales representan una vulneración a la independencia judicial del máximo tribunal constitucional del país”.


Asimismo, informaron que ambos magistrados cuentan con medidas cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en las que se ha solicitado al Estado de Guatemala que garantice las condiciones para que puedan ejercer su función judicial de forma segura y libres de amenazas y presiones indebidas.


Además, la CIDH se ha pronunciado en contra de las diligencias de antejuicio en contra de los magistrados de la CC de Guatemala porque conforme los estándares internacionales los jueces, juezas y magistrados no pueden ser perseguidos en el fuero civil, penal o administrativo por el contenido de sus resoluciones, señala un comunicado emitido por dichas organizaciones.

“Es importante recordar que los tres poderes del Estado tienen la obligación de garantizar que los jueces y magistrados (as) puedan realizar sus funciones libres de influencias, amenazas o intromisiones indebidas en la adopción de sus decisiones, tal como lo establecen los Principios Básicos de Naciones Unidas sobre la independencia de la judicatura” dice el comunicado.


Finalmente, debe tenerse en cuenta que la sentencia de la Corte de Constitucionalidad de fecha 26 de febrero de 2021, referida a esta solicitud de antejuicio, le ordenó a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) emitir una nueva resolución con base en lo que establece Articulo 167 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y Constitucionalidad, dado que los magistrados de la CC no pueden ser perseguidos por las opiniones expresadas en el ejercicio de su cargo.


“En ese sentido, teniendo en cuenta los llamados realizados por los organismos internacionales de derechos humanos, así como el contenido de la mencionada sentencia, solicitamos a la Comisión Pesquisidora del Congreso que regrese el expediente a la Corte Suprema de Justicia para que dicho órgano proceda emitir un pronunciamiento expreso respecto de la mencionada sentencia de la CC, dándole cumplimiento, de acuerdo a los estándares internacionales en materia de independencia judicial” manifestaron las organizaciones.


Las organizaciones son: CEJIL, WOLA, Fundación para el Debido Proceso (DPPF), Impunity Watch, LATIN AMERICA WORKING GROUP, OXFAM, AVOCATS SANS FRONTIERES, y GHRC.