HURTO FAMÉLICO

Oswaldo Samayoa

-Se llevaron las pacayas-

Óscar Sun y Manuel Pop, son dos personas que fueron detenidas por llevar consigo 96 pacayas que tomaron del Parque Nacional las Victorias de Cobán, Alta Verapaz. La pacaya, es una comida tradicional en nuestro país y, lo más importante, nuestra tierra la aporta en muchos lugares de forma silvestre. En el año 2015, el señor Amílcar Aguilar Andrés, en Jalapa, fue detenido porque tomo 35 panes de una residencia, lo cual manifestó era para poder alimentar a su familia. El hambre, es tan tradicional en nuestro país, que la gente que no tiene como saciarla, se arriesga de muchas formas. El presidente Giammatei dice que, con centavitos de las cuentas bancarias, lo cual no debería de pesarle a nadie, podríamos combatir la desnutrición. La corrupción y la ineptitud de quienes hacen gobierno es tan tradicional en nuestro país, que el hecho de que mucha gente se este muriendo de hambre no debería ser extraño.

De acuerdo con un boletín oficial de la SESAN y del Grupo Técnico de Trabajo de la CIF Guatemala[1], la situación proyectada para este el mes de marzo recién terminado era que 2.7 millones de personas, se encontrarían en crisis o emergencia de inseguridad alimentaria aguda, lo cual, según este mismo boletín, representaría 593mil hogares. Sume a esto que, el boletín indica, dieciséis departamentos de los veintidós que componen el país se clasifican en situación de crisis alimentaria.

Con lo expuesto, quiere decir que estamos ante una situación, histórica por cierto, en donde las personas que habitamos este país, especialmente quienes están pasando hambre, reúnen tres criterios de necesidad, siendo estos: a) extremo, es decir, cuando la persona carece de algo fundamental para vivir; b) grave, cuando se decide correr cualquier tipo de riesgos; y c) común, situación en la cual se ve sumida la persona o grupo de personas, sin que encuentre formas o herramientas de poder lograr salir de la misma. Con estos elementos, podemos afirmar que la población de Guatemala con hambre se encuentra en situación de necesidad extrema, grave y común.

Si reunimos estos tres elementos, surge la cuestión si, quien se encuentre en dicha situación, especialmente ante lo que estamos viviendo ¿tiene derecho de apropiarse de lo necesario para subsistir él y su familia? A la pregunta agregaría ¿especialmente cuando lo que se apropia son bienes silvestres que normalmente son consumidos como alimento? Sin duda, muchos dirán que sí, y en el derecho penal, algún colega argumentará causa de justificación con lo cual hace desaparecer el acto contrario a derecho (antijuricidad), pero, cuando vemos el caso de las pacayas y de los panes, resulta que ni la defensa, ni el MP, mucho menos la judicatura, argumento o acudió a esto.

En el año 1898, en Francia, el Juez Paul Magnaud, más conocido como el buen juez, sentenció que una madre que tomo pan de una panadería por necesidad de alimentar a sus hijos no debía ser sentenciada a la severa pena que la ley imponía. Por supuesto llevo crítica del foro legal. Sin embargo, el Juez Paul dio vida al principio de mínima intervención del derecho penal, esto es, dedicarse a los casos más relevantes. Asimismo, sentó criterio general que una persona que hurta por encontrarse en una situación extrema, grave y común, no debe ser, además, penada.

Hurto por necesidad o famélico, es practicado por quien, en extrema necesidad, toma sin autorización una cosa, para la imprescindible situación de atender funciones propias de un ser humano, como el hambre, la sed o atender una enfermedad. Es un claro estado de necesidad, que, en la realidad que vivimos debería estar muy presente en el sistema de justicia, pero más aún, en el sistema político, el cual, debe atender la hambruna y la desnutrición agobiante.

¿En dónde esta el dinero?


[1] Disponible en: https://www.fsinplatform.org/sites/default/files/resources/files/IPC_Guatemala_AcuteFoodInsecurity_2020Aug2021Mar_Report_Spanish.pdf