Comisiones Paralelas 2020: FECI presenta 10 antejuicios contra Magistrados de CSJ, CC y TSE

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La Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI) del Ministerio Público, presentó 10 solicitudes de antejuicio contra Magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Corte de Constitucionalidad (CC) y Tribunal Supremo Electoral (TSE), quienes realizaron actividades posiblemente ilícitas en su función como parte de la Comisión de Postulación para Magistrados de Salas de la Corte de Apelaciones.

Los antejuicios fueron presentados en contra de los Magistrados de CSJ: Silvia Patricia Valdés Quezada; Josué Felipe Baquiax Baquiax; Manuel Reginaldo Duarte Barrera; Vitalina Orellana y Orellana; Nery Oswaldo Medina Méndez; Sergio Amadeo Pineda Castañeda; José Antonio Pineda Barales, Silvia Verónica García Molina. El Magistrado del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Ranulfo Rafael Rojas Cetina y el recién juramentado Magistrado de la Corte de Constitucionalidad (CC), Nester Mauricio Vásquez Pimentel.

La FECI informó que en el marco del caso Comisiones Paralelas 2020, la investigación preliminar de la fiscalía, ha permitido determinar la posible comisión de actividades criminales, “cuyo génesis es la concertación de un conjunto de actores, que buscan influencia indebida en el proceso de selección de magistrados para CSJ y magistraturas de Salas de la Corte de Apelaciones, así como otros tribunales de igual categoría”.

Según las investigaciones preliminares realizadas por el MP se pudo obtener varios indicios, entre ellos la existencia de una lista de candidatos previamente consensuada y de la cual el Congreso de la Republica debería elegir a Magistrados de las salas de la Corte de Apelaciones.

Asimismo, se recabó información relacionada con la existencia de reuniones previas y posteriores a la votación desarrollada en el seno de la Comisión de Postulación para magistraturas de las salas de la Corte de Apelaciones. Las mismas se efectuaron entre los comisionados que eran parte del acuerdo, al margen de las funciones legales de las comisiones de postulación. En algunas de estas, estuvieron presentes funcionarios contra quienes se requiere el levantamiento de la inmunidad.

También se tienen indicios que los votos de los diez funcionarios de quienes se solicita el levantamiento de la inmunidad, fueron determinantes para obtener el número de electores necesarios y alcanzar los votos mínimos indispensables, para cumplir con el requisito establecido en el artículo 217 de la Constitución, es decir las dos terceras partes de los votos.

“Dentro de un marco estrictamente jurídico el MP debe velar porque el sistema de elección de jueces debe ser regido exclusivamente por valoraciones técnicas, en respeto a la facultad que otorga la legislación y de ninguna manera ser sujeto de injerencias y presiones indebidas. Todo ello repercute en la independencia judicial, que es un principio base del Estado de Derecho y de la calidad de un régimen de gobierno democrático” señaló la FECI en un comunicado.