ACUERDO DE CALAMIDAD

Oscar Rivas Sánchez

Emergencia es una situación de peligro o desastre que requiere una acción inmediata. Calamidad es una desgracia o infortunio que alcanza a muchas personas.

Si la pandemia es un peligro, un desastre sanitario y social, requiere acciones inmediatas. No se trata de acciones para mañana, “es para ya”.

Lo anterior vine al caso de la penosa, desastrosa y vergonzosa atención que luego de mas de 18 meses nuestras autoridades le han dado a la emergencia sanitaria. No se trata de criticar por criticar, es la realidad: personal insuficiente, falta de infraestructura, falta de medicinas, explicaciones absurdas, negociaciones oscuras, torpes decisiones y peores conductas; pareciera que nada les importan las vidas que se están perdiendo. Nuestros héroes, los trabajadores de salud, están haciendo milagros, y si ya va caminando la vacunación es porque muchos países nos las han regalado, me cuentan que ya viene otra de la Republica Dominicana, muchas gracias merengueros, pero la verdad es que se trata de un país de nuestro mismo nivel y sin embargo, se da la libertad de regalarnos lo que nosotros no podemos adquirir, ya van a venir las donaciones de El Salvador ¿y nuestras autoridades?, Muy bien, gracias.

¿Cómo es posible que no puedan hacer un acuerdo de calamidad decente? ¿Como es posible que se hace un acuerdo de emergencia, pero para empezar a aplicarlo pasado mañana y enviarlo al congreso cuando pasen los asuetos? Eso no es emergencia.

El estado de calamidad es un instrumento para limitar nuestras garantías individuales y poder desarrollar acciones extraordinarias. Para contratar más personal no se hace necesario limitar los derechos; cuando han pasado 18 meses sin adquirir los insumos necesarios, que no se diga que es culpa de la ley de compras, es negligencia, incapacidad, ineptitud y quien sabe si no algún tipo de corrupción. Para atender estos temas, tampoco se necesita limitar los derechos de nadie. Igual en un 90% del contenido del último estado de calamidad.

Los derechos que se deben limitar, porque la enfermedad así lo requiere, son solo el de locomoción y el de reunión, naturalmente con todas sus consecuencias. Por favor no mezclen otras cosas, ya ven las consecuencias.

Elaboren un acuerdo sencillo: Se limita el derecho de reunión, quedan prohibidas las reuniones de más de diez personas (o el número que se les ocurra) y se limita el derecho de locomoción entre tales horas (un tiempo razonable) y un último artículo que podría decir: Este acuerdo empieza a regir INMEDIATAMENTE y para los efectos de ley, será enviando al Congreso en el curso de las próximas cuatro horas. Es sencillo, no se hagan bolas.

Y repito, para todo lo demás no hace falta limitar los derechos individuales. Es obligado mencionar la vergüenza de lo que pasó en el Congreso, la forma en la que atendieron la pandemia, muy pocos se salvan. Solo falto que en auxilio del presidente del congreso, tal como sucedió en el Brasil, aparecieran unos sanitarios cancelando la sesión por violación a las normas de salud.